impuesto – Asesores MyB https://www.asesoresmyb.com Asesoría Burjassot Thu, 18 Oct 2018 13:32:58 +0000 es hourly 1 EL SUPREMO RECTIFICA Y RESPALDA QUE EL BANCO PAGUE EL IMPUESTO DE AJD EN LAS HIPOTECAS https://www.asesoresmyb.com/el-supremo-rectifica-y-respalda-que-el-banco-pague-el-impuesto-de-ajd-en-las-hipotecas/ https://www.asesoresmyb.com/el-supremo-rectifica-y-respalda-que-el-banco-pague-el-impuesto-de-ajd-en-las-hipotecas/#respond Thu, 18 Oct 2018 13:32:58 +0000 http://www.asesoresmyb.com/?p=500 […]]]> EL SUPREMO RECTIFICA Y RESPALDA QUE EL BANCO PAGUE EL IMPUESTO DE AJD EN LAS HIPOTECAS

«El Tribunal Supremo, en una sentencia del 16 de octubre, rectifica su jurisprudencia y señala que quien debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria es la entidad prestamista y no quien recibe el préstamo.
La sentencia de la Sala Tercera del alto tribunal varía su jurisprudencia anterior e, interpretando el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y su reglamento, culmina que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria sino la entidad que presta la suma correspondiente.
El AJD supone el grueso de los costes de formalización de un préstamo hipotecario.  El gravamen puede ser entre el 0,5% y el 2% sobre el importe del préstamo, dependiendo de lo aprobado por cada Comunidad Autónoma»

 

 

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TC: INCONSTITUCIONALIDAD DEL IMPUESTO DE PLUSVALÍA A TODO EL TERRITORIO NACIONAL https://www.asesoresmyb.com/plusvalia/ https://www.asesoresmyb.com/plusvalia/#respond Thu, 23 Nov 2017 00:00:00 +0000 http://www.asesoresmyb.com/2017/11/23/plusvalia/ […]]]> TC: INCONSTITUCIONALIDAD DEL IMPUESTO DE PLUSVALÍA A TODO EL TERRITORIO NACIONAL

El Tribunal Constitucional con fecha de 11 de mayo de 2017, se ha pronunciado sobre la inconstitucionalidad del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

El Tribunal Constitucional (TC) ya resolvió la inconstitucionalidad IIVTNU de Gipuzkoa, cuando en la transmisión de un inmueble se hubiera vendido con pérdidas.

La resolución del pasado febrero facilitaba el camino para la presentación de recursos y reclamaciones en aras de recuperar las cantidades abonadas indebidamente por este impuesto municipal.

Con la sentencia de la semana pasada, que todavía no ha si- do publicada, el Tribunal Constitucional extiende esta doctrina a todo el territorio nacional.

El TC no especifica en el contenido de ninguna de las sentencias cuál es el medio oportuno para demostrar que no existió plusvalía en su operación.

No obstante, cabe destacar el criterio establecido en sentencias del TSJ de la Comunidad Valenciana, de finales del 2016, que con las escrituras de compra y venta del bien se justifica de manera suficiente que existen pérdidas.

Como de costumbre, quedamos a su disposición para aclarar o ampliar cualquiera de los puntos comentados con anterioridad.

Sin otro particular y aprovechando la ocasión para saludarles

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